Penología es una discutida
ciencia penal que se ocupa de la aplicación y ejecución de las penas, y de
forma general del castigo y tratamiento del delincuente.Su denominación procede del
término inglés Penology, aparecido en 1834 de la mano de Francis Lieber,
quien la concibió en el sentido amplio que mantienen sus defensores como
disciplina autónoma. Posteriormente, y a través de todo el siglo XIX, se
limita su contenido, por influencia de la doctrina francesa, a las penas
privativas de libertad, confundiéndose así con la «ciencia penitenciaria».Al desarrollarse en la
práctica contemporánea los tratamientos de libertad y semilibertad de los
condenados, ha vuelto a adquirir interés. Desde este punto de vista puede
definirse como «la disciplina que tiene por objeto el estudio de los diversos
medios de represión y prevención directa del delito, de sus métodos de
aplicación y de la actuación pospenitenciaria».
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Conjunto de principios de la
ejecución de la pena privativa de libertad, doctrinas, sistemas y resultados
de la aplicación. La ciencia penitenciaria es más
amplia, porque se nutre de la experiencia y
las opiniones de los especialistas.Es una parte de
la penología que se ocupa del estudio de las penas privativas de la libertad
de su organización y aplicación, con la finalidad de reintegrar profesional y
socialmente a los condenados, y le atribute a la penología la responsabilidad
de estudiar las restantes penas como son las restrictivas de libertad o de
derecho, pecuniarias, capital o así como las de asistencia pos carcelaria, en
la actualidad se habla de la ciencia penitenciaria como un conjunto de normas
que auxilian la readaptación del delincuente allegándose de otras ciencias
como: es la medicina, la psicología la educación física etc.
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El Derecho penitenciario es
la rama del Derecho que se ocupa de la ejecución de las penas y medidas de seguridad
privativas de libertad o de derechos. Surge como disciplina jurídica autónoma
a principios del siglo XX”El
conjunto de normas jurídicas que regulan la ejecución de las penas y las
medidas de seguridad, a comenzar desde el momento en que se convierte en
ejecutivo el título que legitima la ejecución”.Es de menor amplitud y se
limita a las normas que regulan el
régimen de detención y prisión preventiva y la ejecución de las penas y
medidas de seguridad detentivas”.Conjunto de normas jurídicas
que regulan la ejecución de las penas privativas de libertad…”,
diferenciándola a su vez del Derecho Ejecutivo Penal que sería el género
frente a la especie que constituiría el Derecho Penitenciario.
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Para la aplicación de normas
que regulan el Sistema Penitenciario y para el cumplimiento de sus objetivos
se requiere contar con personal capacitado para llevarlos adelante. Evidentemente los fines del
Sistema Penitenciario exige un personal capacitado, a fin de cumplir con la
labor que le toca desarrollar en el interior del centro carcelario. Sin embargo, en la mayoría
de países entre ellos el nuestro no se cuenta con el personal idóneo para
efectivizar en forma correcta el trabajo tratamientos con los internos.La cárcel como ámbito
laboral tiene características propias que hace que también el trabajo del
agente penitenciario tenga rasgos que no comparte con la mayoría de otros
trabajos.
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