RESPONSABILIDADES DEL DIRECTORIO, GERENTE GENERAL Y TITULARES
El nombramiento del órgano administrador es un acto de competencia normal de la junta general (art. 153 N.L.G.S.), quien además tiene la facultad de removerlos en cualquier momento y sin expresión de causa. El artículo 154 N.L.G.S. establece que la remoción procede en el caso de directores de sociedad anónima aun cuando su designación hubiere…