Según el Diccionario usual de Guillermo Cabanellas, el vocablo “Derecho” proviene del latín “Directus” que equivale a recto, alinear, enderezar, sin torcerse a un lado ni a otro. Toribio Alayza Paz Soldán, dice que el Derecho “es la facultad o potestad que tiene un individuo para hacer o no hacer algo o para obligar a otro a que haga o no haga”. Desde este punto de vista, el Derecho recibe el nombre de Derecho Subjetivo. Agrega el citado autor que se llama también Derecho a la norma de conducta, la pauta o regla a la que deben someterse tanto los poderes públicos como los individuos en orden a hacer o no hacer algo y a obligar a otros a que hagan o no hagan; esta pauta o regla puede ser escrita o consagrada únicamente por la costumbre, pero que adquiere fuerza tan obligatoria como si fuese escrita. El Derecho considerado desde este punto de vista se llama Derecho Objetivo, que si es escrito se llama Derecho Positivo y si no lo está, Derecho Consuetudinario.
DERECHO
Explorar mas
Antecedentes gestión de creditos y cobranzas
Antecedentes Internacionales: Coronel et al (2018) en “Diseño de un modelo para la gestión de cobranzas en la Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza del Valle”. Universidad Andina Simón Bolívar,
FINANCIACIÓN DEL PROYECTO
Una vez que se han estudiado y analizado los diferentes problemas vinculados a la formulación del proyecto, se debe proceder a la determinación del financiamiento más adecuado, que conlleve una
EL ACTO ADMINISTRATIVO
1. CONCEPTO DE ACTO ADMINISTRATIVO 1.1 Son actos administrativos, las declaraciones de las entidades que, en el marco de las normas de Derecho Público, están destinadas a producir efectos jurídicos