PARA EL CLIENTE

La principal ventaja para el cliente es que recibe dinero líquido (financiamiento) antes de su vencimiento de dichas letras, facturas, documentos por cobrar, etc.

Según CASTELLARES[1] logra seguridad en un ventas, gracias a los principios de unidad y universalidad que rigen este contrato, consistente en la obligación del cliente factorado en transferir la totalidad (universalidad) de sus facturaciones a un solo (unidad) factor.

Convierte en ventas al contado sus ventas a crédito, sean estas a corto o mediano plazo, dándole la máxima movilización de la cartera de deudores, lo que importa indubitablemente una mejora en su liquidez.

La mayor liquidez que supone el anticipo de fondos que el factor puede efectuar con cargo a los créditos que el cliente le ha cedido. De esa manera, este último puede, en realidad, vender a crédito cobrarlo al contado.

Se libera de toda obligación frente al factor, en caso que el deudor cedido no cancele o pague los títulos de crédito.

 

PARA EL FACTOR

El factor se beneficia, porque no necesita otorgar un crédito, sólo una operación de financiamiento, pues lo que recupera en el futuro es mayor que el desembolso original, disminuyendo así el riesgo.

También el factor se beneficia con la ampliación de la gama de servicios que presta a sus clientes, lo cual determina una mayor rentabilidad a través de los comisiones e intereses cobradas.

 

[1] PUBLICADO en: “Diario Oficial el Peruano”, el  03-12-93.  p. B –13.

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