RECURSOS PÚBLICOS

DEFINICIÓN
Con los recursos públicos se presenta una diferencia doctrinaria entre los enfoques clásicos y modernos. Los clásicos ponen énfasis en que los ingresos públicos están destinados a financiar los gastos públicos. Ellos afirman que el Estado es un ente necesario por las funciones que debe cumplir y los gastos que debe realizar con su consecuencia inmediata. De este modo, el Estado puede y debe obtener recursos de los particulares para atender el financiamiento del gasto.

La concepción clásica establece una relación muy estrecha entre los recursos y los gastos públicos que financia.

Los enfoques modernos admiten que, además de la utilización de los recursos para financiar el gasto público, hay otros aspectos vinculados con el impacto de los mismos en la actividad económica. En realidad, esta concepción no es tan moderna, ya que, los mercantilistas utilizaban los recursos públicos como instrumentos de la política económica a través de gravámenes sobre el comercio exterior.

Se considera a los recursos públicos como toda aquella riqueza que, teniendo origen en el sector privado, se transfiere al sector público; se devenga a favor del estado y se acredita financieramente a través del ingreso de fondos en la tesorería. Estos ingresos tienen como propósito atender al gasto público y producir ciertos efectos sobre la economía, o sea, contribuir a los fines del estado.

CLASIFICACÓN DE LOS RECURSOS DEL ESTADO
La clasificación de los recursos de Estado ha sido enfocada por los diversos autores, desde diversos puntos de vista, por lo que existen diferentes opiniones en algunos casos hasta contradictorias, por lo tanto debemos tomarlas con reserva.

Una conocida clasificación financiera de los recursos públicos los distingue en recursos originarios 0 inmediatos y recursos derivados meditatos. Son recursos originarios aquellos que tienen su origen en el propio patrimonio del Estado, como consecuencia de su explotación directa a indirecta. Son recursos derivados aquellos que el Estado recibe de los particulares, es decir, que no provienen de su propio patrimonio 0 «derivan» de la economía privada.

Los recursos pueden ser clasificados con arreglo a distintos criterios:
– Recursos ordinarios y extraordinarios: (hecha por los clásicos)
– Recursos ordinarios: Son aquellos que habitualmente (anualmente) recibe el estado (impuestos, tasas, contribuciones)
– Recursos extraordinarios: Son aquellos a los que el estado recurre en situaciones excepcionales, como crisis económicas, conflictos bélicos o catástrofes naturales. Consisten en impuestos de emergencias o empréstitos obligatorios.

Acertadamente el profesor Lallo Gangemi advierte que esta distinción va perdiendo importancia en la finanzas publica del estado contemporáneo ya que el estado de nuestro tiempo, en mayor o menor grado, acude al crédito publico y a la emisión de papel moneda como medio normal de proveerse de recursos para afrontar los crecientes gastos públicos.

 Recursos originarios y derivados: (clasificación jurídica económica)
o Recursos originarios:
Son aquellos que provienen del patrimonio del estado, o de actividades productivas realizadas por el. Existen 3 tipos de recursos originarios: Rentas que provienen de la exportación de bienes del patrimonio del estado o de ventas de dicho patrimonio.

 Precios o tarifas cobradas por servicios públicos.
No se incluye en este rubro a las empresas públicas. Ej.: instituto geográfico militar que vende mapas.
o Recursos originados en empresas públicas.
Vienen dados por la participación del estado en las ganancias de las mismas o por contribuciones que dichas empresas se ven obligadas a realizar al estado, a quien pertenece su capital.
 Recursos Derivados:
Son aquellos que el estado obtiene de la economía de los particulares mediante la potestad de imposición.

Existen 3 tipos de recursos derivados

Tributarios:
Constituye el conjunto más importante de los recursos públicos. Se caracterizan por que implican un traspaso de riqueza del sector privado al público, que se hace mediante dinero y es exigido en forma coactiva con el Estado. Su característica propia es la coactividad (el estado obliga), que es determinada legalmente. Los recursos tributarios se dividen en: impuestos tasas y contribuciones especiales.

 Crédito o empréstito:
Es un recurso que el estado obtiene a medias a largo plazo, solicitando préstamos internos o internacionales, a particulares o instituciones financieras. El estado se compromete a devolver (amortizar) el préstamos recibido en períodos que pueden variar entre 2 y 4 años(a mediano plazo) o entre 5 y 10 años (a largo plazo)

A su vez el estado reconoce por a utilización de estos medios financieros un interés que es el costo de uso del capital prestado. Es la forma más habitual de financiar el déficit presupuestario (sin incluir las operaciones de tesorería).

 Operación de Tesorería:
Son aquellas operaciones en la que el estado se endeuda para financiar sus desequilibrios estacionales o transitorios. En un financiamiento de características particulares por cuanto se percibe y se devuelve en un mismo ejercicio o en un periodo inferior a un año. Se distinguen dentro de estas operaciones dos grupos:

o Originados en Títulos:
Son títulos públicos de corto plazo que el estado coloca fundamentalmente en el sector privado interno o externo y se compromete a devolverlos en un plazo menor a un año, reconociendo un interés por su utilización.

o Financiamiento monetario:
Se originan cuando el banco central ordena emitir dinero para financiar una deficiencia estacional.

Estos financiamientos que nacieron como operaciones de tesorería a corto plazo, se convirtieron en la fuente principal del financiamiento del déficit del presupuesto público.

Desde el punto de vista económicos utilización no es aconsejable, por que es causa determinante de procesos inflacionarios.

 

BIBLIOGRAFIA

 

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