El albacea es la persona encargada de ejecutar el testamento velando para que se cumplan las disposiciones de última voluntad del testador.
Se puede clasificar a los albaceas según la forma de su nombramiento o por la extensión de sus atribuciones de ejecución.
Según su nombramiento, los albaceas se clasifican en: albaceas testamentarios, albaceas legales y albaceas dativos.
Los albaceas testamentarios, son aquellos nombrados por el mismo testador en el testamento, generalmente la definición general de albacea gira en torno a esta figura.
Los albaceas legales, se constituyen de acuerdo a la voluntad de los propios herederos cuando el testador no ha nombrado un albacea testamentario, o en el caso de que este haya renunciado o esté imposibilitado de cumplir con la ejecución del testamento.
Los albaceas dativos, son aquellos nombrados por el juez, cuando en ausencia o imposibilidad del albacea testamentario, los herederos no llegan a un acuerdo en el nombramiento del albacea legal.
Según la extensión de sus atribuciones, los albaceas se clasifican en universales y particulares.
Los albaceas universales son aquellos que ha sido nombrado para dar ejecución al testamento sin ninguna restricción o limitación.
Los albaceas particulares por el contrario, son aquellos que han sido encargados de ejecutar funciones delimitadas por el testador.

Explorar mas

Aplicación supletoria del código civil al contrato

Las normas supletorias son aquellas que ante la ausencia de regulación de los privados se encargan de regular aquellas situaciones no reguladas por ellos, siempre que nos encontremos ante un

Analogía

A la ausencia en el ordenamiento jurídico de una norma para regular un caso concreto se le denomina laguna real. También se denomina laguna no a la ausencia de una

Administración pública

Principios Según la LEY Nº 28175 (2004), son principios que rigen la administración pública: 1. Principio de legalidad.- Los derechos y obligaciones que generan el empleo público se enmarcan dentro