El anatocismo consiste en que los intereses vencidos y no pagados se agreguen al capital a efectos de que sobre este nuevo monto se produzcan nuevos intereses.

Así, por ejemplo, en caso tenga una deuda de 100 a una tasa de 5% (interés igual a 5), la suma del interés se agregaría al capital (100 + 5=105), siendo esta nueva suma la base para el cálculo del interés (nuevo interés igual a 5.25). El artículo 1249 del Código Civil establece dicha regla de la prohibición del anatocismo al señalar que “[n]o se puede pactar la capitalización de intereses al momento de contraerse la obligación, salvo que se trate de cuentas mercantiles, bancarias o similares”. Tal como señala el artículo, en dichos casos se podrá pactar la capitalización de los intereses al momento de contraerse la obligación.

 

Explorar mas

Cargas

La carga resulta ser una desmembración a la propiedad; en tal sentido, se constituye en un derecho real limitado. La carga impone al propietario degenerar algunas de sus facultades para

BASES CONSTITUCIONALES DEL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL PERUANO

Los intentos de reforma del proceso procesal penal en el Perú, en los últimos años, han fracasado por diversas razones. En primer lugar, por la falta de voluntad política para

Competitividad de la gestión pública

Según Álvarez (2012) “La necesidad de una gestión pública enfocada en resultados es imprescindible en las entidades del sector público, cuyas prácticas incluyen el uso de la información basada en