La cesión del arrendamiento constituye la transmisión de los derechos y obligaciones del arrendatario en favor de un tercero, quien lo sustituye para todos los efectos.

Este contrato, conforme a lo previsto en el artículo 1696 del Código Civil, se rige por las reglas de la cesión de posición contractual; por lo tanto, se requiere el arrendador preste su conformidad, ya sea antes, simultáneamente o después del acuerdo de la cesión.

No obstante, debe recordarse que si la conformidad del arrendador ha sido prestada previamente al acuerdo entre el arrendatario-cedente y el arrendatario-cesionario, el contrato de cesión de arrendamiento solo tendrá efectos desde que ese comunicado al arrendador-cedido por escrito de fecha cierta.

Producto de la cesión del arrendamiento, el arrendatario-cedente deja de tener el uso total del bien arrendado y se aparta de sus obligaciones y derechos, que son asumidos por el arrendatario-cesionario.

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