Según el Diccionario usual de Guillermo Cabanellas, el vocablo “Derecho” proviene del latín “Directus” que equivale a recto, alinear, enderezar, sin torcerse a un lado ni a otro. Toribio Alayza Paz Soldán, dice que el Derecho “es la facultad o potestad que tiene un individuo para hacer o no hacer algo o para obligar a otro a que haga o no haga”. Desde este punto de vista, el Derecho recibe el nombre de Derecho Subjetivo. Agrega el citado autor que se llama también Derecho a la norma de conducta, la pauta o regla a la que deben someterse tanto los poderes públicos como los individuos en orden a hacer o no hacer algo y a obligar a otros a que hagan o no hagan; esta pauta o regla puede ser escrita o consagrada únicamente por la costumbre, pero que adquiere fuerza tan obligatoria como si fuese escrita. El Derecho considerado desde este punto de vista se llama Derecho Objetivo, que si es escrito se llama Derecho Positivo y si no lo está, Derecho Consuetudinario.
DERECHO
Explorar mas
Cláusulas generales de contratación
Las cláusulas generales de contratación son aquellas estipulaciones formuladas previa y unilateralmente por una de las partes (conocida como el predisponente), en forma general y abstracta, con la finalidad de que
DERECHO TRIBUTARIO
Las personas naturales tienen derechos que son irrenunciables y frente a lo cual ninguna autoridad ni ente fiscalizador puede ni mucho menos debe vulnerar. De igual manera no es viable
Expediente técnico
En lo relativo al expediente de contratación en el caso de obras se regula según Retamozo (2014) “en el caso de obras, el artículo 10 del RLCE señala que se