En el Derecho Civil, el dolo es también concebido como engaño, siendo una causal de anulabilidad del acto jurídico consistente en la acción u omisión por la cual una persona hace creer a otra algo que no se ajusta a la verdad, logrando que esta perfeccione el acto jurídico con una percepción equivocada de la realidad.

El dolo se define, para efectos civiles, como la conducta de un sujeto ajeno al declarante que causa un error en este mediante artificios, astucias o mentiras empleados para inducir a la celebración de un negocio o a su celebración de una manera determinada, normalmente y de ordinario en beneficio, ventaja o provecho del contratante(*).

El autor del dolo puede ser un sujeto parte del acto; jurídico, en el caso en el que procede la anulabilidad del acto, sin embargo, también puede ser llevado a cabo por un tercero ajeno al acto jurídico, pero que tenga interés en que este se perfeccione.

En este caso, el acto jurídico solo será anulable si la contraparte tenía conocimiento del engaño, en el caso en que la contraparte no tenga conocimiento del engaño causado, el acto jurídico no podrá ser observado por esta causal, pues se privilegia la seguridad jurídica de los actos.
En el caso que el engaño sea irrelevante para la realización del negocio jurídico, este tampoco podrá alegarse como causal de anulabilidad.

(*) LOHMANN LUCA DE TENA, Guillermo. “Dolo causante”. En: Código Civil Comentado. Gaceta Jurídica, Lima.

Explorar mas

Derechos adquiridos

Son derechos adquiridos aquellos que han entrado en nuestro dominio, que hacen parte de él y de los cuales ya no pueden privarnos. Se diferencia entre derechos adquiridos, facultades y

Contrato por persona a nombrar

En principio resulta importante señalar que el contrato por persona a nombrar no es un contrato, o al menos no es un contrato independiente, sino más bien resulta ser una

Compraventa de bienes homogéneos

En la compraventa de bienes homogéneos el vendedor se obliga a transferir un conjunto de bienes que pertenecen al mismo género y que puedan ser medidos en igualdad de condiciones;