Nace, por tanto, una nueva agricultura llamada en diferentes modos para representar la dimensión ambiental. Como agricultura orgánica, agricultura biológica, o quizá mejor agricultura sostenible  Su fin es ejercitarse, como actividad, en armonía con la naturaleza. no  puede ser contaminada ni contaminante[1].. Deberán respetar el ciclo biológico. Sus productos deben contribuir a mejorar la salud, y a prolongar la vida, de los consumidores en el caso de los bienes  destinados a la alimentación.

Ha sido definida también como agricultura multifuncional, plurifuncional o polifuncional. Porque junto al ciclo biológico, a las actividades empresariales, se deben desarrollar actividades de conservación de los recursos naturales. Así la actividad agroambiental se proyecta en muchos campos nuevos del mundo económico. Uno de éstos es el agroturismo.

Pero a los nuevos conceptos vienen unidas a nuevas obligaciones. Deberá ser económicamente organizada, socialmente justa y ecológicamente equilibrada. Esto vale tanto para los países ricos como para los pobres. Para estos últimos en cuanto la pobreza no debe comprometer los recursos naturales, es decir el sacrificio de la naturaleza no es una salida válida. Ni tampoco es válido autorizar prácticas o tipos de cultivo contra el ambiente.

Son, en primer lugar, obligaciones de conservación, es decir de un disfrute racional, económicamente sostenible, para proteger la tierra, las aguas y el suelo. Hay un sentido de protección para evitar la degradación y la destrucción. Pero también, en segundo lugar, se percibe la necesidad de introducir límites y prohibiciones. Tanto para garantizar la planificación y la programación como para combatir las prácticas antiguas o antiambientales. Un típico ejemplo es el de impedir el uso del fuego para ganar espacios territoriales para la agricultura, o prohibir la quema de los deshechos de la producción, y las mismas plantas pequeñas del bosque, porque estas prácticas dañinas solo tienden a no utilizar la mano de obra. En estos casos la destrucción provoca la desaparición de pequeños hábitat, rompe y descontrasta el equilibrio biológico. Junto a estos dos tipos de obligaciones también hay un tercer tipo. Son las obligaciones de hacer. Van dirigidas hacia la organización de la producción con el fin de evitar los daños, la contaminación y el impacto ambiental.

 

[1] Zeledón “Ob.cit.”, Pág. 59

 

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