Informalidad

(De Soto, 1986) Define al sector informal como el grupo de empresas, trabajadores y actividades que se localizan fuera de los marcos legales y normativos que estipula una actividad económica. Manifiesta que la condición de informal no se puede aplicar a los individuos, sino solo a sus actos o actividades. Ninguna persona puede ser completamente informal.

Según (Banco Central de Reserva del Perú, 2009) una empresa informal no está registrada ante la SUNAT, no realiza declaraciones tributarias, no posee registros de propiedades ni información financiera acerca de sus operaciones; es decir que estos entes informales no tributan mediante impuestos a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, manteniendo la ganancia neta para ellos, sin aportar al Estado.

El sector informal es como un elefante que podemos no estar en condiciones de definir con precisión, pero que reconocemos cuando vemos. (De Soto, 1986); asimismo De Soto considera que los informales no son los individuos, sino sus hechos y actividades; plantea que la informalidad se produce cuando el Derecho impone reglas que exceden el marco normativo socialmente aceptado.

Por otro lado, (Grupo Verona, 2019) expresa que La informalidad terrestre es el desplazamiento sin autorización de personas en las vías terrestres desacatando las normas existentes. Este servicio se alimenta por la necesidad por parte de la sociedad ya que es un transporte rápido, tiene menos controles y los encuentras y van a todos los lugares. La presencia de los transportes informales trae consecuencias como son los diversos accidentes de tránsito ocasionados por los informales y las grandes pérdidas económicas de las empresas de TPP formal.