MERCADO DE BONOS EN EL PERU

Financiamiento a través de bonos

La emisión de obligaciones, o bonos, es una modalidad de financiamiento a largo plazo, mediante la cual una empresa solicitante o emisora, conviene en pagar a cierto numero de acreedores comunes (obligacionistas o bonistas), una cantidad anual por concepto de intereses en fechas determinadas dentro del año, para luego redimir o cancelar el importe original del préstamo, en la fecha de vencimiento que se señale. Las Obligaciones, o bonos, constituyen para la empresa emisora, una deuda a largo plazo y, por lo tanto, esta obligada a pagar intereses y a amortizarla.

 

La emisión y oferta pública de bonos corporativos exonerados de impuesto alterará la intermediación que tradicionalmente han llevado a cabo los bancos e instituciones financieras locales, debido a que las grandes empresas tendrán acceso directo a los inversionistas individuales o institucionales.

 

La exoneración tributaria de los bonos coincide con la creación de las compañías administradoras de fondos de pensiones (AFP), ya que amplían las posibilidades de inversión de las AFP. Otros fondos mutuos locales o extranjeros se beneficiarán de esta ley tributaria, haciendo la inversión en bonos emitidos localmente más atractiva.

 

Toda oferta pública de valores a más de un año se efectúa en la forma de bonos, los cuales ofrecen a los inversionistas una tasa de interés pagadera en cupones periódicos y el pago del valor nominal que es el principal de la deuda a su redención. En el caso de ofertas no públicas, la ley no precisa los valores mobiliarios a ser utilizados, siendo la práctica el uso de bonos.

 

De acuerdo con el tipo de bono, adicionalmente a sus características básicas, el emisor está facultado para dotarlos de atributos especiales, como una tasa de interés nula y ofertándolo bajo la par (bonos cupón cero), ven­cimiento indefinido o vigencia perpetua, opción a rescate por adelantado, convertibilidad en acciones, emisión con prima o sin ella, subordinándolos o no, etc.

 

Según la naturaleza del emisor, los bonos son clasificados en aquellos emitidos por el sector privado y el sector público. Este último integrado por el gobierno central, los gobiernos regionales o locales y las empresas del sector público.

 

Las empresas del sector privado emisoras de bonos, no necesariamente están obligadas a constituir garantías específicas para respaldar los, aunque, tienen como límite su capital y recursos sociales. Para inscribirlos en el RPMV, previamente necesitan de la autorización de la CONASEV En los bonos de instituciones bancarias o financiera el emisor requiere, además, de la opinión favorable de la Superintendencia de Banca y Seguros.

 

Los bonos del sector público en principio están respaldados por el estado peruano y es facultad de este añadirle garantías adicionales. Su inscripción en el RPMV es automática y no necesita de la autorización de la CONASEV.

 

Ventajas y Desventajas de la Emisión de Obligaciones o Bonos

Las principales ventajas de una emisión de Obligaciones, o Bonos, para la empresa emisora son:

 

  1. El costo después de impuestos (Escudo Tributario) de una Inmisión de Bonos es menor, ya que el Gobierno absorbe un porcentaje del Costo de la deuda
  2. Las Obligaciones, o Bonos, son mas fáciles de vender, sus costos de emisión y lanzamiento son menores que los de las acciones.
  3. No disminuyen el control de la empresa, por parte de los actuales accionistas.
  4. Facilita la planeación estratégica o a largo plazo, mejorando la liquidez y el capital de trabajo de la empresa emisora.
  5. Genera la posibilidad de obtener un Palanqueo Financiero positivo brindando mayores utilidades por acción.

 

Las principales desventajas de una emisión de Obligaciones o Bonos, para la empresa emisora son:

 

  1. La deuda es un cargo fijo, creando un mayor riesgo financiero sí fluctúan las utilidades de la empresa.
  2. Se requieren mayores flujos de efectivo para sostener el Fondo de Amortización, lo que constituye un fuerte drenaje de efectivo.
  3. El contrato de emisión de Obligaciones, o Bonos, puede contener ciertas clases de restricciones que afecten el normal desarrollo de la empresa.

 

4.3.   Modalidades de Redención de Las Obligaciones, o Bonos

El pago. reembolso o redención de la deuda originada por la emisión de Obligaciones, o Bonos, puede realizarse mediante las siguientes modalidades:

 

Fondo de Amortización.

Como ya se mencionó antes este Fondo es una provisión que realiza la empresa emisora de los bonos, en una cuenta de depósito del Fideicomisario y que facilita el reembolso de los bonos, en forma progresiva y parcial, y no el total de la emisión al vencimiento.

Bonos en serie

Esta modalidad es una variante del Fondo de Amortización y bajo ella la empresa se obliga a redimir cierta parte de la emisión cada ano. de modo tal que la emisión total quede cancelada al vencimiento.

 

Vencimientos Escalonados.

Este sistema consiste en vender los Bonos, u Obligaciones, por etapas, lo que determina que las diversas partes o promociones que la deuda original venzan en distintas fechas, entre las que puede existir una diferencia de tiempo preestablecidas.

 

Reembolso o Rescate Anticipado con Prima.

El reembolso, o rescate anticipado con prima llamado también “opción de compra con prima” le da a la empresa emisora mayor flexibilidad para negociar sus financiamientos para futuros años. La prima puede ser constante o ir disminuyendo a través de los años,

 

Redención Diferida.

Si el contrato de Emisión de Bonos contiene una cláusula que difiere el privilegio de retención, la empresa emisora renuncia al derecho de redimir el bono en un momento cualquiera, dentro del periodo de 5 a 10 años. que ha sido establecido como de diferimiento de pago.

 

Pago Global.

Esta modalidad permite, a la empresa emisora pagar la mayor parte de la emisión al vencimiento en vez de redimirla o amortizarla progresivamente durante el plazo de videncia de la emisión.

 

Reglamentación

La Emisión de Obligaciones, o Bonos deben hacerse por Escritura Pública, con la intervención de Fideicomisario. Una vez inscrita la Escritura de Emisión en los Registros Públicos quedará constituido el Sindicato de Obligacionistas.

El Fideicomisario es una persona jurídica (que por lo general es una institución financiera), que de desempeña como órgano de relación entro la sociedad emisora de las obligaciones y el Sindicato de Obligacionistas. El Fideicomisario presidirá el Sindicato y tiene las siguientes responsabilidades principales:

 

  • Convocar a la Asamblea de Obligacionistas, tan pronto como quedo inscrita la Escritura de Emisión.
  • Establecer el Reglamento Interno del Sindicato de Obligacionistas. ajustándose en lo previsto al régimen establecido en la Escritura de Emisión.
  • Podrá asistir con voz, pero sin voto a las deliberaciones, de la Junta General de sociedad o empresa emisora, informar a esta los acuerdos del Sindicato y solicitar los informes que a su juicio o al de la Asamblea de Obligacionistas o Bonistas. interese a estos.
  • Intervendrá en los sorteos que hubiesen de celebrarse en relación con los bonos, en el pago de los intereses y del principal, debiendo cautelar los derechos de los obligacionistas o bonistas.
  • Cuando la emisión de obligaciones se haya hecho sin garantía. el Fideicomisario tendrá la facultad de examinar la contabilidad de la sociedad y de asistir con voz. pero sin voto. a las reuniones del Directorio de la sociedad emisora de las obligaciones, o bonos.

 

Las obligaciones, o bonos, de cada emisión deberán ser iguales, expresando:

 

  • Su designación específica
  • Denominación, objeto, sede social y capital pagado de la sociedad emisora.
  • Fecha de escritura de emisión y nombre del Notario que la otorgó.
  • Monto de la emisión.
  • Número, serie, valor nominal, intereses vencimiento primas si las hubiere y el modo y lugar del pago.
  • Garantía de la inversión, en su caso.

 

La sociedad emisora podrá rescatar las obligaciones emitidas por:

  • Amortización o pago anticipado, de acuerdo con las condiciones de la Escritura de Emisión
  • Convenio celebrado con el Sindicato de Obligacionistas.
  • Conversión de acciones, de acuerdo con los titulares de las obligaciones.
  • Adquisición en –Bolsa.

 

Modalidades

Los Bonos u Obligaciones, pueden clasificarse según estén o no garantizados por activos específicos en:

 

Bonos sin Garantía.

Las Obligaciones, o Bonos, sin garantías, conocidos como Debentures, son aquellos, que se emiten sin ninguna garantía colateral, es decir, que representan un derecho sobre las utilidades de la empresa emisora y no un derecho sobre sus activos

 

Bonos con Garantía.

Las Obligaciones, o Bonos, con garantía son aquellos que se emiten con una garantía específica ya sea esta:

 

  1. Hipoteca: O sea una garantía de un bien inmueble.
  2. Prenda de efectos públicos: Que deberán ser entregados a una institución, de crédito.
  3. Prenda con desplazamiento o sin el: O sea la garantía de un bien mueble.
  4. Garantía del Estado, de personas jurídicas de derecho publico interno o de alguna entidad estatal; y
  5. Demás bienes, derechos y acciones de la empresa emisora.

 

Las Garantías más utilizadas, dentro de la Emisión de Bonos, son las Garantías Hipotecarias y las Garantías Colaterales o de otras personas jurídicas. Además, existen otras dos categorías de Bonos que se considera necesario explicar y son los:

Bonos de Arrendamiento Financiero

Son títulos valores emitidos por la empresa Locadora, previa autorización de la SMV, con la finalidad de financiar operaciones de Leasing o Arrendamiento Financiero.

 

Bonos Convertibles.

Las Obligaciones, o Bonos, Convertibles son aquellos bonos que pueden ser convertidos, a opción del tenedor, en un determinado numero de acciones ordinarias, o comunes, de la empresa emisora.

 

BIBLIOGRAFIA

 

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