Consentimiento
El consentimiento en los contratos puede definirse de dos formas que no son excluyentes, sino más bien complementarias. Así, en primer término, por consentimiento debe entenderse como la coincidencia de voluntades declaradas; por otro lado, el consentimiento también puede ser comprendido como la conformidad de la oferta con la aceptación. Sobre ambas acepciones, el artículo 1352…