Comunidades campesinas y nativas
El primer párrafo del artículo 134 del Código Civil establece que las “comunidades campesinas y nativas son organizaciones tradicionales y estables de interés público, constituidas por personas naturales y cuyos fines se orientan al mejor aprovechamiento de su patrimonio, para beneficio general y equitativo de los comuneros, promoviendo su desarrollo integral”. Al respecto, la Sentencia…