DERECHO DE PROPIEDAD AGRARIA Y PROPIEDAD RURAL.
A pesar de su generalización como sinónimos, en su acepción más amplia, Propiedad Agraria y Derecho de Propiedad Agraria (Dominio) debemos hacer un deslinde a efecto de poder estudiar las
A pesar de su generalización como sinónimos, en su acepción más amplia, Propiedad Agraria y Derecho de Propiedad Agraria (Dominio) debemos hacer un deslinde a efecto de poder estudiar las
Teoría económica: Que la existencia de una Propiedad Rural (agrícola) destinada a la producción de bienes aptos para la subsistencia y consumo humano, surge de una necesidad biológica superior a
Siendo la Propiedad Agraria una especie dentro del género de la propiedad o dominio, los fundamentos aplicables a uno, los son por lógica, aplicables al otro. Pero existiendo una acepción
La agricultura (domesticación de los vegetales) y la ganadería (domesticación de animales) fueron el gran paso de la revolución de la era neolítica que permitió a la raza humana cruzar
Vista desde el ángulo de la contaminación la futura agricultura es juzgada conforme a los mismos parámetros de la industria. No puede ser contaminada ni debe contaminar[1]. En el primer
Nace, por tanto, una nueva agricultura llamada en diferentes modos para representar la dimensión ambiental. Como agricultura orgánica, agricultura biológica, o quizá mejor agricultura sostenible Su fin es ejercitarse, como
El moderno Derecho Agrario, debe ser construido pieza por pieza “como un mosaico destruido” para arribar finalmente a la meta, construyendo un “Derecho Ideal”, partiendo de la “teoría de Agrariedad,
No hay “alta cultura” de la antigüedad sin forma evolucionada de la agricultura, sin que la alimentación esté supeditada al cultivo de la tierra. Lo dicho es aplicable de modo