Se conoce como compraventa sobre medida a aquellas modalidades de compraventa en las que las medidas del bien materia del contrato juega un rol importante para su identificación o para determinar el precio que deberá pagar el comprador al vendedor.
Se encuentran reguladas en los artículos 1574 al 1579 del Código Civil.
Se incluyen las siguientes modalidades: compraventa por extensión o cabida (artículos 1574 al 1576), compraventa ad corpus o en bloque (artículo 1577) y la compraventa de bienes homogéneos (artículos 1578 y 1579).