DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA CONSAGRADOS EN LA CONSTITUCIÓN DEL ESTADO PERUANO
La actual Constitución regula sobre los Derechos Fundamentales de la Persona, en el Capítulo I del Título I, determinándose en el Artículo 1º que: “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado” (copia textual). Siguiendo la secuencia constitucional, desarrollaremos algunos incisos…