El desarrollo histórico del Derecho Internacional ha sido un proceso gradual en el que las relaciones entre pueblos, comunidades políticas y posteriormente Estados fueron generando normas destinadas a regular cuestiones como la guerra, la paz, los tratados, la diplomacia y el comercio. Hershey sostiene que el Derecho Internacional contemporáneo es resultado de un proceso histórico en el que interactúan las teorías jurídicas y la práctica internacional de los Estados (Hershey, 1912).

1. Antecedentes en la Antigüedad

Los antecedentes del Derecho Internacional pueden encontrarse en las relaciones entre los pueblos de la Antigüedad. Las prácticas relacionadas con los tratados, las alianzas, la guerra y la diplomacia constituyeron formas tempranas de regulación de las relaciones externas. La Corte Internacional de Justicia señala que los métodos de solución pacífica de controversias internacionales tienen orígenes que pueden remontarse a la Antigüedad.

En este período todavía no existía un Derecho Internacional en el sentido moderno, debido a que no se había desarrollado un sistema jurídico internacional estructurado entre Estados soberanos. Sin embargo, estas prácticas constituyeron antecedentes importantes para la posterior formación de normas internacionales.

2. Edad Media y la Escuela de Salamanca

Durante la Edad Media, el pensamiento jurídico y teológico contribuyó significativamente a la formación de las ideas que posteriormente influirían en el Derecho Internacional. Destaca Francisco de Vitoria (1480-1546), quien desarrolló reflexiones sobre el ius gentium y las relaciones entre diferentes pueblos.

Vitoria es considerado frecuentemente uno de los precursores del Derecho Internacional moderno. En sus reflexiones sobre los pueblos indígenas de América sostuvo, entre otras cuestiones, que estos poseían derechos sobre sus territorios y desarrolló la idea del ius communicationis, relacionada con la comunicación y circulación entre los pueblos (Vitoria, 1539).

También destacó Francisco Suárez (1548-1617), cuyo pensamiento contribuyó a diferenciar conceptualmente el derecho natural de las normas que regulaban las relaciones entre comunidades políticas. Junto con Vitoria, su obra constituye uno de los antecedentes intelectuales importantes de la formación moderna del Derecho Internacional.

3. Hugo Grocio y la sistematización del Derecho Internacional

Durante los siglos XVI y XVII se produjo una transformación fundamental. Hugo Grocio (1583-1645) adquirió especial importancia con su obra De iure belli ac pacis, publicada en 1625. Su pensamiento contribuyó a sistematizar las normas relativas a la guerra y la paz y a desarrollar una concepción jurídica de las relaciones entre Estados.

Sin embargo, Brierly advierte que considerar a Grocio como el único “fundador” del Derecho Internacional sería exagerado, puesto que existieron importantes autores anteriores a él. Su relevancia se encuentra especialmente en la sistematización y difusión de ideas jurídicas que ya tenían antecedentes históricos.

La importancia histórica de Grocio también se relaciona con la consideración conjunta del derecho natural, los tratados, las costumbres y las prácticas de los Estados. Por ello, su obra tuvo una influencia considerable en la posterior evolución de la disciplina.

4. La Paz de Westfalia de 1648

La Paz de Westfalia de 1648 constituye uno de los acontecimientos tradicionalmente asociados con la formación del sistema internacional moderno. Los tratados de Münster y Osnabrück contribuyeron a establecer un nuevo marco de relaciones políticas en Europa.

Hershey señala que los tratados de Westfalia proporcionaron a Europa una especie de estructura internacional que tuvo una influencia prolongada sobre el derecho público europeo. No obstante, el autor advierte que sería incorrecto considerar que en 1648 ya existía el Derecho Internacional moderno en su forma actual.

La historiografía contemporánea también cuestiona una interpretación excesivamente simplificada de Westfalia como el momento único del nacimiento del Derecho Internacional. La literatura especializada ha denominado esta interpretación el “mito de 1648”, señalando que la evolución del orden internacional fue más prolongada y compleja.

5. El siglo XVIII y Emer de Vattel

Durante el siglo XVIII adquirió importancia Emer de Vattel (1714-1767). Su obra Le Droit des gens de 1758 contribuyó a consolidar la concepción del Derecho de Gentes como un ámbito jurídico diferenciado, centrado en los Estados y sus relaciones.

Según Casella, la obra de Vattel fue fundamental para el período denominado “clásico” del Derecho Internacional y tuvo una influencia significativa en la evolución posterior de esta disciplina (Casella, 2021).

La doctrina de Vattel desarrolló una concepción de los Estados como entidades libres e independientes y prestó especial atención a las relaciones entre Estados, la soberanía y la guerra. Estudios históricos señalan que su pensamiento contribuyó a consolidar el paradigma del Derecho de Gentes que posteriormente influiría en la concepción moderna del Derecho Internacional.

6. El siglo XIX: positivismo y codificación

Durante el siglo XIX, el Derecho Internacional experimentó una importante transformación. El pensamiento jurídico comenzó a otorgar mayor importancia a la voluntad de los Estados, los tratados y la costumbre internacional. De esta manera, el positivismo jurídico adquirió una posición destacada frente a las concepciones basadas principalmente en el derecho natural.

La práctica diplomática, los tratados internacionales y la creación de mecanismos de cooperación contribuyeron a la progresiva institucionalización de las relaciones internacionales. La literatura especializada señala que las doctrinas del siglo XVIII sirvieron como base para el desarrollo de la doctrina positivista del Derecho de Gentes durante el siglo XIX.

Asimismo, durante este período se desarrollaron importantes mecanismos de arbitraje y cooperación internacional, preparando el camino para la creación posterior de instituciones internacionales permanentes.

7. El siglo XX: institucionalización del Derecho Internacional

El siglo XX representó una etapa decisiva debido a la creación de organizaciones internacionales destinadas a promover la cooperación y la solución pacífica de controversias.

Después de la Primera Guerra Mundial se creó la Sociedad de Naciones, acompañada por el establecimiento de la Corte Permanente de Justicia Internacional. Posteriormente, después de la Segunda Guerra Mundial, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) se convirtió en uno de los principales pilares del sistema jurídico internacional.

La creación de la Corte Internacional de Justicia representó la culminación de un largo proceso histórico orientado al desarrollo de mecanismos pacíficos para solucionar controversias entre Estados.

8. Derecho Internacional contemporáneo

En la actualidad, el Derecho Internacional comprende un conjunto amplio de normas que regulan las relaciones entre Estados y otros sujetos internacionales. Su ámbito incluye materias como los derechos humanos, el derecho de los tratados, el derecho del mar, el derecho internacional humanitario, la responsabilidad internacional, el comercio internacional y la protección del medio ambiente.

La evolución histórica demuestra que el Derecho Internacional no surgió de un único acontecimiento ni fue creado por un solo autor. Como explica Hershey, su desarrollo resulta de la interacción entre las ideas jurídicas y la práctica internacional.

En consecuencia, puede afirmarse que el Derecho Internacional pasó de las prácticas diplomáticas y normas consuetudinarias de los pueblos antiguos a un sistema jurídico progresivamente institucionalizado. Vitoria, Suárez, Grocio y Vattel realizaron contribuciones doctrinales importantes, mientras que acontecimientos como Westfalia, los congresos diplomáticos del siglo XIX y la creación de organizaciones internacionales en los siglos XX y XXI contribuyeron a su consolidación.

Síntesis histórica

Etapa Característica principal Autores o referentes
Antigüedad Tratados, alianzas, diplomacia y normas de guerra Tradiciones jurídicas antiguas
Edad Media Desarrollo del ius gentium y derecho natural Francisco de Vitoria, Francisco Suárez
Siglo XVII Sistematización del Derecho de Gentes Hugo Grocio
1648 Reorganización del sistema político europeo Paz de Westfalia
Siglo XVIII Consolidación del Derecho de Gentes clásico Emer de Vattel
Siglo XIX Positivismo, tratados y codificación Wheaton, Martens y otros juristas
Siglo XX Institucionalización y solución pacífica Sociedad de Naciones, ONU y CIJ
Siglos XX-XXI Expansión y especialización Derecho de los derechos humanos, ambiental, humanitario, económico, etc.

Referencias bibliográficas

  • Brierly, J. L. The Law of Nations: An Introduction to the Role of International Law in International Relations. Oxford University Press.
  • Casella, P. B. (2021). Emer de Vattel (1714-1767) and the classic international law. Revista da Faculdade de Direito, Universidade de São Paulo.
  • Hershey, A. S. (1912). History of International Law Since the Peace of Westphalia. American Journal of International Law, 6(1), 30–69.
  • Vitoria, F. (1539). De Indis. En A. Pagden (ed.), Political Writings. Cambridge University Press.
  • Vattel, E. de. (1758). The Law of Nations, or Principles of Natural Law Applied to the Conduct and Affairs of Nations and Sovereigns.

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